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PROCEDIMIENTO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA S.A.C.

Muchos de nosotros soñamos con ser nuestros propios jefes y dar lo mejor para que nuestro negocio crezca, muchos de nosotros somos emprendedores y no deseamos trabajar para otros toda nuestra vida, es por eso que optamos por crear nuestra propia empresa y así poder llegar con éxito a nuestra ansiada meta.

En la actualidad muchas empresas realizan sus actividades comerciales sin haber cumplido con las formalidades legales que se requieren para encontrarse en una situación formal y lograr su inscripción, lo que acarrea un perjuicio para quienes son participe, ya que se encuentran como una sociedad de hecho (Sociedad irregular), por consecuencia, los socios son responsables solidaria e ilimitadamente y responden con su patrimonio personal.

Para evitar eso te voy a explicar lo que necesitas saber, a fin de que, si te encuentras en un estado de irregularidad, puedas regularizar tu situación, o si tal vez deseas crear tu propia empresa puedas tener los conocimientos previos.

                                                       

                                              


PASOS PREVIOS A LA CONSTITUCIÓN DE UNA S.A.C.

Tengamos en cuenta que la Ley General de Sociedades establece que la constitución de una S.A.C. se puede realizar de dos maneras, que son: La constitución simultánea y la constitución por oferta a terceros.

En el presente blog, desarrollaremos la constitución simultánea.

1.- Debes de buscar a emprendedores como tú que deseen ser parte de una empresa. En el caso de una S.A.C. la Ley General de Sociedades establece que el número mínimo de socios es de 2 y un máximo de 20, las mismas que pueden ser personas naturales o jurídicas.

                      

2.- Debes de pensar en una denominación (nombre) para tu empresa. Este paso es importante porque será lo que identifique y distinga a tu empresa de las demás. Una vez pensado en la denominación deberás de acercarte a la SUNARP a realizar la reserva de denominación, también podrás hacerlo de manera virtual a través de la página web de SUNARP, el cual, en ambos casos tiene un costo de S/ 20.00. Esta reserva te permite que durante un plazo de 30 días nadie pueda hacer uso de la denominación que pensaste ponerle a tu futura empresa. Asimismo a la hora de realizar la reserva deberás de consignar otros 2 - 4 nombres o denominación adicional, debido a que no está permitido que una empresa tenga un nombre igual o similar a otra, por lo tanto, si Ud. pensó ponerle un nombre similar o igual a otra ya existente, la reserva no se realizará, es por eso el motivo de consignar los otros nombres adicionales ya que éstas serán tomadas como "segunda opción", según el orden de enumeración.

3.- Una vez obtenida la resolución de la reserva aceptada se deberá consultar a un abogado para que proceda a realizar la minuta de constitución de una S.A.C. La minuta es un documento que ha sido elaborado y firmado por un abogado, en la cual contiene el pacto social y el estatuto de la sociedad, la misma que debe ser presentado a la notaría para que se proceda a elevarse a escritura pública.

EL PACTO SOCIAL: contiene

1. Los datos de identificación de los socios fundadores. Si es persona natural, su nombre, DNI, domicilio, estado civil y el nombre del cónyuge en caso de ser casado; si es persona jurídica, su denominación o razón social, el lugar de su constitución, su domicilio, el nombre de quien la representa (Gerente General) y el comprobante que acredita la representación (vigencia de poderes).

2. La manifestación expresa de la voluntad de los accionistas de constituir una sociedad anónima cerrada;

3. El monto del capital y las acciones en que se divide (Por ejemplo: Capital S/ 1,000.00 (mil soles) dividida en 1,000 acciones).

4. La forma como se paga el capital suscrito y el aporte de cada accionista. Los aportes pueden ser en dinero (efectivo) o en bienes, ya sean bienes muebles o inmuebles. Los aportes que van a realizar los socios conforman el capital de la futura empresa, si esta fuera hecha en dinero, se deberá de ir a cualquier entidad financiera o bancaria y abrir una cuenta a nombre de la sociedad y realizar el depósito, guardar el voucher y adjuntarla a la minuta. Si los aportes fueran realizado en bienes se deberá de realizar una lista en la cual se detalla los bienes y su valor en el mercado (declaración jurada de informe de alorización), por ejemplo: Juanito aporta una silla de escritorio de cuero color negro marca Office cuyo valor es S/ 800.00 (si Juanito es casado deberá de intervenir la firma de la cónyuge)

5. El nombramiento y los datos de identificación de los primeros administradores. (Gerente o Gerentes y directores si fuera el caso de que la empresa tenga directorio).

6. El estatuto que regirá el funcionamiento de la sociedad.

EL ESTATUTO:contiene

1. La denominación de la sociedad. Como lo mencioné anteriormente, se debe de hacer previamente una reserva de denominación.

2. La descripción del objeto social (Son las actividades que realizará la empresa que puede ser la compra-venta de un producto, distribución y fabricación de un bien o prestación de un servicio, ya sea profesional, técnico o artístico)

3. El domicilio de la sociedad. (Es el lugar en donde realizará sus actividades comerciales o en donde se instale su administración)

4. El plazo de duración de la sociedad. (Puede ser por tiempo determinado o indeterminado)

5. El monto del capital, el número de acciones en que está dividido, el valor nominal de cada una de ellas. (Por ejemplo: El capital la empresa denominada EXACTUS S.A.C. tiene un capital de S/ 5,000 (cinco mil soles) y está dividido en 5,000 (cinco mil acciones) y con un valor nominal de S/ 1.00 (un sol).

7. El régimen de los órganos de la sociedad. Una S.A.C. cuenta con los órganos que son:

· La Junta General de Accionistas. Es el órgano supremo de la sociedad, donde se toman decisiones clave para el buen funcionamiento de la sociedad y está conformada por todos los socios que conforman el 100% de las acciones que componen al capital de la empresa.

· La Gerencia. Según la Ley General de Sociedades la S.A.C. puede tener uno o más gerentes, tales como el Gerente General, Gerente Comercial, Gerente administrativo, entre otros. El Gerente puede ser uno de los socios o un tercero ajeno a la sociedad.

· El directorio. En el caso de una S.A.C. el directorio es opcional. El directorio está conformado mínimo por 3 directores que pueden ser los socios que conforman la sociedad o terceros ajenos a ella.

8. Otros que la Ley General de Sociedades contempla.

 

PASOS DURANTE EL PROCESO DE CONSTITUCIÓN

Teniendo la minuta, la reserva de enominación y los socios emprendedores deberás de ingresar todos los documentos en una notaría de tu libre elección.

  • Minuta de constitución.
  • Resolución de reserva de denominación.
  • Declaración Jurada detallada de lo aportes en bienes no dinerarios. Si los aportes fueran en bienes dinerario (efectivo) deberás de portar el voucher.
                                                             
Una vez ingresados los documentos a la notaría, se procederá a elaborar la escritura pública, para lo cual se programará una fecha para la firma de la escritura pública, que suele ser entre 5 a 10 días hábiles, dependiendo de la carga laboral que tenga la notaría. En el momento que se firme la escritura se requerirá de la firma de todas las personas que conformarán la sociedad, y de ser casados también intervendrán las cónyuges. La firma de los socios se puede realizar en días distintos, no es necesario que vayan todos juntos. Tenga en cuenta que ir por separado solo dilataría más el proceso de constitución. 

Tener en cuenta que cuando asistas a la notaría debes de portar tu DNI vigente. 

Los gastos que incurrirás en la notaría son aproximadamente:

  1. Derechos notariales               S/ 490.00   (este precio varía dependiendo de la notaría, hay casos en los que cobran S/ 700.00) 
  2. Derechos registrales              S/ 125.00   (esto depende mucho del monto del capital de la empresa, siempre suele variar).
  3. Minuta                                 S/ 400.00   (en las notarías también redactan la minuta de constitución, es opcional si lo deseas hacer con un abogado particular).
Algunas notarías te suelen cobrar otras cosas adicionales:

  1. Legalización de la firma        S/ 10.00     (por cada socio, y también para las cónyuges si las tuvieran)
  2. Identificación biométrica        S/ 2.00
Al día siguiente (en el mejor de los casos) de la firma de la escritura pública, el notario debe de ingresar la escritura a los RR.PP para que se proceda con la inscripción correspondiente. Lo cual suele demorar entre 15 a 20 días hábiles. 

Transcurrido ese plazo la notaría se pondrá en contacto con ustedes para informarle que su empresa ya ha sido inscrita en el registro de personas jurídicas y deberás de acercarte a la notaría a recoger el testimonio de la empresa.    


PASOS A REALIZAR DESPUÉS DE LA CONSTITUCIÓN DE LA S.A.C.

Es de gran importancia para una sociedad anónima cerrada que recién ha sido constituida portar con los libros societarios. En el caso de una S.A.C. debe de contar con dos libros que son:

  1. Libro de Actas de la Junta General de Accionistas.
  2. Libro de Matricula de Acciones. 
Estos libros son necesarios porque va a permitir que la sociedad pueda realizar diversos trámites en cuanto a los actos que son inscribibles en los Registros Públicos y también  los que no lo son.

LIBRO DE MATRICULA DE ACCIONES

Al crearse la sociedad, esta debe de crear y emitir las acciones correspondientes a quienes la conforman. 

Por ejemplo:

LA EMPRESA  "ALIMENTOS & BEBIDAS S.A.C." ESTÁ CONSTITUIDA POR 3 SOCIOS, JUANITO, MIGUEL Y MARÍA. FUE CONSTITUIDA CON UN CAPITAL DE S/ 6,000.00. EL VALOR NOMINAL DE CADA ACCIÓN ES DE S/ 1.00, POR LO TANTO TIENE 6,000 ACCIONES.

JUANITO APORTÓ EN BIENES NO DINERARIO POR UN MONTO VALORIZADO EN S/ 3,000.00

MIGUEL APORTÓ EN BIEN DINERARIO UN MONTO ASCENDIENTE A S/ 1,500.00

MARÍA APORTÓ EN BIEN DINERARIO UN MONTO ASCENDIENTE A S/ 1,500.00 


JUANITO ES PROPIETARIO DE 3,000 ACCIONES LO QUE LE DA UN PORCENTAJE DEL 50% DE LAS ACCIONES (ACCIONISTAS MAYORITARIO). 

MIGUEL ES PROPIETARIO DE 1,500 ACCIONES LO QUE LE DA UN PORCENTAJE DEL 25% DE LAS ACCIONES.

MARÍA ES PROPIETARIA DE 1,500 ACCIONES LO QUE LE DA UN PORCENTAJE DEL 25% DE LAS ACCIONES.

 Entonces la empresa Alimentos & Bebidas S.A.C. debe de crear y emitir:

3,000 acciones a favor de Juanito, lo que equivale al 50% del capital suscrito y pagado.

1,500 acciones a favor de Miguel lo que equivale al 25% del capital suscrito y pagado.

1,500 acciones a favor de María lo que equivale al 25% del capital suscrito y pagado.


                                             

                                  

Como se puede apreciar el capital de la sociedad está al 100% suscrita, pagada y ha sido emitida a favor de los accionistas de acuerdo al monto de su aporte al capital y esto debe de ser anotado en el Libro de Matricula de Acciones, es así que la Ley General de Sociedades, en articulo 91° establece que es propietario de las acciones al que aparece como tal en la matricula de acciones. Además en el Libro de Matricula de Acciones se anotan las transferencia de acciones, los canjes y desdoblamientos que pudieran surgir en el futuro tales acciones. 

LIBRO DE ACTAS DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

Es importante contar con este libro porque en ella se insertarán las actas de las juntas que se lleven a cabo por los accionistas, en donde se desarrollaran temas diversos como pueden ser, designación de nuevo gerente, remoción de directores, aumento o disminución de capital, modificación o ampliación del objeto social, modificación de denominación, fusión, transformación, escisión, entre otros. 

La mayoría de los actos realizados por la Junta General son actos inscribibles en los registros públicos, para lo cual, la Ley General de Sociedades establece una formalidad para llevar a cabo dichas juntas, tales como la convocación de los accionistas y el lugar de celebración de la Junta, ya que ésta es el órgano supremo de la sociedad. Asimismo, cuando se pretenda modificar el estatuto, o designar a un nuevo gerente, esta debe ser inscrita en los RR.PP. para lo cual se deberá a realizar una escritura pública por un notario, es por eso que la notaría te requerirá el Libro de Matricula de Acciones y así como el acta correspondiente.

TRAMITACIÓN DEL NÚMERO DE R.U.C. ANTE SUNAT

El decreto Legislativo N° 943, establece en su artículo 2° que deben de inscribirse al registro único de contribuyentes las personas jurídicas. 

Cuando una empresa ha sido inscrita en los RR.PP. adquiere la personería jurídica, por lo tanto esta debe de contar con un número de RUC y debe de ser tramitado ante SUNAT, de lo contrario será sancionado de conformidad al Código Tributario. 

Para obtener el número de RUC:

Es un procedimiento sencillo y gratuito que debe ser realizado por el representante de la empresa. 

  1. Testimonio de la empresa.
  2. Copia literal de la empresa. (lo obtienes en SUNARP, costo S/ 20.00).
  3. DNI vigente del representante legal de la empresa. 
  4. Recibo de luz, agua, teléfono u otro servicio. (la dirección que figure en el recibo será el domicilio fiscal de la empresa, pudiendo ser modificado en cualquier momento mediante la clave SOL)
Acto seguido se te entregará la ficha de activación de RUC y tu clave SOL correspondiente. 


Jean Franco Joaquin de la Cruz

          Asesor Legal